Por decreto, el horario de invierno para trabajadores se aplicará cada año

El Gobierno emitió la norma que busca precautelar la salud de los empleados y prevenir enfermedades respiratorias.

Mediante un decreto, el Gobierno decidió que cada año se dispondrá del horario de invierno para los trabajadores, con el objetivo de precautelar su salud y prevenir enfermedades respiratorias.

El Decreto Supremo (DS) 5168, que modifica el DS 4971 de junio de 2023, establece que “la aplicación del horario de invierno en la jornada laboral; será dispuesta anualmente por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; pudiendo ser determinado en horario continuo o discontinuo”.

La norma indica que se apunta a precautelar la salud y bienestar de los servicios públicos y los trabajadores; compatibilizando la jornada laboral con la vida familiar.

El decreto modifica el parágrafo I del artículo 2 del Decreto Supremo 4971, del 28 de junio de 2023.

La aplicación del horario de invierno “será dispuesta a través de instructivos emitidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; los que deberán considerar los informes emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes y el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi)”.

Asimismo, el decreto indica que “el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social anualmente establecerá el inicio y finalización del horario de invierno y los horarios de la jornada de trabajo en horario continuo o discontinuo a través de instructivos; con base a los informes emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes y el Senamhi”.

Mediante un instructivo, el Ministerio de Trabajo dispuso el 20 de mayo el horario de invierno para todos los trabajadores del país. Ordenó que la medida debe cumplirse tanto en el sector público como privado.

FUENTE: LA RAZÓN