A través del Decreto Supremo 5134, el gabinete ministerial autorizó la creación de la Empresa Estatal de Producción y Comercialización del Oro (Epcoro) cuyo capital para su funcionamiento es de hasta Bs 102.900.000.
El objeto para su constitución se encuentra enmarcado en “la política de industrialización de los recursos naturales y el fortalecimiento de las reservas internacionales”, según el artículo 1 de la norma.
La nueva empresa estatal será filial de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) con personalidad jurídica y patrimonio propio, duración indefinida, autonomía de gestión técnica, financiera, administrativa, legal y comercial.
Además, desarrollará sus actividades en el marco normativo que regula el funcionamiento de las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas.
La Epcoro tendrá un directorio compuesto por un representante del Ministerio de Minería y Metalurgia, tres representantes del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y un representante del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
“Los representantes de los ministerios que conforman el Directorio serán designados por Resolución Ministerial y deberán ser servidores públicos con nivel jerárquico de al menos Jefe de Unidad”, señala el parágrafo III del artículo 5.
Ningún miembro del Directorio percibirá dietas por las sesiones a las que asista, sean éstas ordinarias o extraordinarias.
La Disposición Final Primera indica que en tanto la Epcoro no demuestre utilidades y sostenibilidad en el tiempo, los funcionarios que integren la misma estarán sujetos a la Ley 2027, del Estatuto del Funcionario Público.
FUENTE: ERBOL
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