El ministro Marcelino Quispe recordó que existen normas que establecen la creación de áreas protegidas y que prohíben la explotación de recursos naturales no renovables como la minería.
El Gobierno recordó a los cooperativistas mineros auríferos que una resolución de Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) deja sin efecto la otorgación de derechos mineros en áreas protegidas.
El ministro de Minería y Metalurgia, Marcelino Quispe, junto a otras autoridades de Estado, informó que la resolución AJAM ADM 06/2023 del 24 de julio de este año, establece que no se puede formalizar las reservas de áreas mineras en áreas protegidas, por lo que no hay posibilidad para la suscripción de contratos administrativos mineros.
La resolución administrativa AJAM ADM 06/2023 de este 24 de julio de 2023, emitida por la AJAM, revoca en todas sus partes la resolución administrativa AJAM ADM 25/2017 del 5 de octubre de 2017, consecuentemente señala: dejan sin efecto el reglamento para la otorgación de derechos mineros en áreas protegidas”, afirmó Quispe.
Además, recordó que existen normas que establecen la creación de áreas protegidas que prohíben la explotación de recursos naturales no renovables, por lo que el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap) “no otorgará ni dará validez a los Certificados de Compatibilidad de Uso (CCU)”.
La autoridad leyó los siete puntos del pliego petitorio de los cooperativistas mineros auríferos que bloquean desde el lunes las calles y avenidas de acceso al centro de la ciudad de La Paz en demanda de la atención de los siete puntos del pliego.
Quispe respondió a cada uno de los puntos del pliego petitorio, entre ellos la otorgación de la Personería Jurídica de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras Auríferas de Bolivia (Fecmabol) y de la Federación Regional de Cooperativas Mineras (Ferecomin) Centro Potosí.
También la atención a la aprobación de contratos mineros que están en la Asamblea Legislativa, al igual que el proyecto de ley para la tributación por la venta del oro, que el año pasado se acordó un impuesto único de 4,8%.
Éstas son las respuestas al pliego:
Pliego “Marcha por la soberanía y reivindicación histórica de las cooperativas mineras”
Siete puntos
1.- OTORGACIÓN DE LA PERSONERÍA JURÍDICA DE LA FECMABOL Y DE LA FERECOMIN CENTRO POTOSÍ
R. Estas instituciones no tienen la personería jurídica, la están tramitando. Estas solicitudes están relacionadas con la presentación de una acción de inconstitucionalidad abstracta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Sucre la cual se tramita bajo el expediente 38706/2021-78AIA hace más de dos años y busca declarar la inconstitucionalidad de disposiciones legales que limitan el derecho a la asociación y a las solicitudes en este sentido de Fecmabol.
La misma se halal enmarcado a procedimientos desde el 23 de marzo de 2021, el diputado Andrés Flores y el senador Felix Ajpi solicitaron la inconstitucionalidad del artículo 23.1 numeral 2, 3 y 4 del artículo 24 y artículo 88 de la Ley general de Cooperativas 356 y el artículo 51.1 del Decreto Supremo de 1995.
Conllevando también el 20 de agosto de 2021, el vicepresidente David Choquehuanca presenta el informe y posteriormente en la causa, los representantes de Fecoman, Fecmabol y Fedecomn presentan solicitudes para que se dicte la respectiva sentencia.
La sala plena del TCP no ha dictado la sentencia correspondiente de este caso a la fecha
2. RESTITUCIÓN DE LA PERSONERÍA JURÍDICA 329/2022 DE LA FERECOMIN INTEGRANDO LA PAZ
R. Para este propósito existen dos acciones pendientes de tramitación en el caso correspondiente de la Ferecomin La Paz, las que son: en primer término existe una acción de amparo constitucional el expediente 53665/2023 107 AAC presentada por Ferecomin La Paz contra la resolución 066/2022 la cual fue Otorgada por la Sala Constitucional tercera La Paz y que actualmente se encuentra en revisión ante la comisión de admisión del TCP.
En segunda instancia la Federación nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia interpuso recurso de revocatoria en contra de la resolución administrativa 329/2012 del 24 de octubre de 2022 y posteriormente recurso jerárquico que fue resuelta por el Ministerio de Trabajo. Es posible que se presente una acción contenciosa u otros recursos contra esta decisión. En tanto no se agoten las instancias judiciales, la competencia para la atención de esta solicitud se encuentra ante la justicia constitucional y eventualmente ante la justicia ordinaria.
3. SEGURIDAD JURÍDICA PARA LAS COOPERATIVAS, LUCHA CONTRA LOS AVASALLAMIENTOS Y MINERÍA ILEGAL, RESPETO Y DEFENSA DE LOS DERECHOS MINEROS CONTRA LAS ACCIONES POPULARES Y RECHAZO A LA SUSPENSIÓN DE LOS TRÁMITES POR LA AJAM Y LA EMISIÓN DE SEDCAM A FAVOR DE LAS COOPERATIVAS.
R. En el primer punto, de seguridad jurídica para las cooperativas y lucha contra los avasallamientos:
LA SEGURIDAD JURÍDICA PARA LAS COOPERATIVAS mineras que sean tituladas de derechos mineros está garantizado por los artículos 99, 100, 101, de la Ley 535 Ley de Minería y Metalurgia
El ejercicio de derecho de seguridad y protección jurídica que tiene las cooperativas mineras que son titulares de derechos mineros pueden en caso de avasallamientos solicitar el amparo administrativo minero a la AJAM a la simple comprobación sumaria de los hechos; es decir, previa una inspección en el terreno, en la mina o yacimiento se otorga el amparo disponiendo el derecho al titular, al operador minero y para su ejecución se necesita indispensablemente la ayuda, participación de la fuerza pública.
LUCHA CONTRA LA MINERÍA IELGAL. La AJAM, pese a no contar con los medios y recursos escasos ha desarrollado acciones operativas en todo el territorio especialmente en los ríos Madre de Dios, Tuiche, Beni, inclusive mucho antes de lo dispuesto por el juez de la acción popular que conocemos de Rurrenabaque iniciando las acciones legales correspondientes ante las autoridades competentes llegando a contar en estos operativos a persona aprehendidas en flagrancia en la comisión del ilícito.
ACCION POPULAR actualmente cursan ante el TCP en revisión las acciones que cursan bajo los expedientes 50202 2022 101AP el cual solicita se declare la zona del parque Nacional Madidi en pausa ecológica inmovilización forestal y agropecuaria, las acciones presentadas se encuentran en trámite de revisión ante el TCP.
4. ANULACIÓN DE LA RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS AJAM ADM 06/2023 DEL 24 DE JULIO DE 2023 EMITIDA POR LA AJAM ÁREAS PROTEGIDAS OTORGAR VIGENCIAS DE LA CCU EMITIDOS INSTITUCIONALMENTE POR SERNAP
La resolución administrativa AJAM de ADM 06/2023 de este 24 de julio de 2023 emitida por la AJAM revoca en todas sus partes la resolución administrativa AJAM ADM 25/2017 del 5 de octubre de 2017, consecuentemente señala: dejan sin efecto el reglamento para la otorgación de derechos mineros en áreas protegidas.
El efecto de esta resolución implica que no se puede formalizar las reservas de áreas mineras en áreas protegidas consecuentemente la imposibilidad de suscripción de contratos administrativos mineros.
Los Decretos Supremos de creación de las áreas protegidas contienen mandatos prohibitivos para el aprovechamiento de recursos naturales no renovables como la minería, A partir del momento de la creación del área protegida
En consecuencia Sernap no otorgará ni dará validez a los Certificados de Compatibilidad de Uso CCU
5. PROMULGACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO
Bajo el auspicio del entonces presidente de la cámara de diputados de la legislatura que hace poco ha fenecido, el honorable Jerjes Mercado, se instalaron mesas técnicas para tratar la redacción de un proyecto de ley del impuesto consolidado del oro en el que participaron actores del sector aurífero como ser Ferreco y Fecoman principalmente, como también los técnicos del ministerio de Economía y finanzas públicas y de la cámara de diputados llegando a un consenso sobre el contenido del mismo quedando únicamente pendiente el impulsar su presentación y tratamiento por parte de esta instancia legislativa en el presente periodo legislativo para su consideración discusión y respectiva aprobación, por lo que en este punto del actual pliego por parte del sector aurífero movilizado ya cuenta con un avance prácticamente significativo y se está dando cumplimiento a su respectivo desarrollo en la instancia legislativa
6. APROBACIÓN DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS POR PARTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
Tenemos la información correspondiente de que los contratos administrativos mineros de cooperativas mineras se encuentran vía la asamblea legislativa que han sido devueltos 41 contratos a AJAM y también se encuentran en la asamblea 19 contratos
No teniendo atribuciones el Ministerio de Minería y Metalurgia para la aprobación mediante ley para estos contratos administrativos mineros vamos a trabajar con un tratamiento a través de reuniones con la comisión correspondiente con el objeto de que esa promulgación salga lo más antes posible
7. UN RECONOCIMIENTO SOBRE LA INVERSIÓN EFECTUADA EN EL MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO MÉDICO DELEGADO Y LA CONDONACIÓN DE LAS DEUDAS A LA CNS
Para este propósito se realizaron reuniones con ferreco y Fecoman desde el 4 de noviembre de 2021 en las que estuvieron presentes participaron en esta reuniones la CNS, ASUS, ferreco, Fecmabol y la dirección general de seguros de corto plazo en representación del Viceministerio de seguros de salud y gestión del sistema único de salud con el objeto de realizar la renovación de convenio entre Ferreco y la CNS para el seguro delegado y procesos de fiscalización como correspondan de la gestión 2016 y 2017.
En fecha 22 de noviembre de 2022 se realizó la presentación de la problemática de Ferreco y Fecoman con la CN de Seguridad sobre deudas existentes, motivo por el cual se acordó el inicio de meas de trabajo en las áreas económico financieros, fiscalización y matemático actuarial se efectuaron alrededor de 12, 14 mesas de trabajo participando de las mismas representación de Ferreco, Fecoman, la autoridad de supervisión de la seguridad social, ministerio de salud y deportes y CNS
En fecha 20 de marzo de 2023 se inician las mesas de trabajo para realizar la conciliación de deudas entre Ferreco y Fecoman debido a que a la fecha se tiene conciliados los años 2016, 2017 y 2018 con la CNS
Sin embargo a la fecha los cooperativistas no presentaron los descargos para que a CN de seguridad social los analice tanto Ferreco como Fecoman tienen conocimiento de los juicios coactivos sociales que se les está iniciado y también deben presentar los descargos de derecho propietario de inmuebles y vehículos en el juzgado para que el juez emita el fallo correspondiente.
Las puertas del diálogo siempre han estado abiertas en este cao de la CN de Seguridad Social se ha programado para el 27 y 28 de noviembre que se continúe con la conciliación de la gestión de 2019 entre Ferreco, Fecoman y CNS siendo veedores el Ministerio de Salud y Deportes y la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social
Para este propósito exigimos a los compañeros cooperativistas participen en estas reuniones con sus delegados correspondientes
A la fecha, el gobierno nacional garantiza el derecho a la salud debido a que actualmente se encuentra vigente la adenda firmado entre Ferreco, Fecoman y la CNA hasta febrero de 2024
Posteriormente se debe firmar una nueva adenda para garantizar la atención médica de todos los asegurados de los seguros delegados de Ferreco y Fecoman.
FUENTE: LA RAZÓN
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